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22 de julio de 2014

¡Ya es ley!

Diego Adrián Fernandez - 22 de julio de 2014

Durante la sesión del pasado jueves 17, la Legislatura porteña avanzó con la sanción de varias leyes de interés general, las cuales repasaremos a continuación y que mayormente tienen que ver con las modificaciones en sanciones diversas.


Sanciones monetarias más severas para quienes incumplen la clausura.

Fue aprobada una ley que modifica el Código Contravencional y eleva la sanción para los casos en que se produzca la violación de una clausura dictada por autoridad competente. La actualización de las multas apunta a sancionar a aquellos que incumplen una sanción. Los nuevos montos van 5.000 a 60.000 pesos o arresto de 5 a 20 días.


La actualización de las sanciones, aprobada con 35 votos positivos y 17 negativos, busca una adecuación a la realidad económica y cultural del país. Actualmente la sanción es de $ 600 a $ 6.000 pesos de multa o arresto de 3 a 10 días de arresto. Esto cambiará entonces.

La Comisión de Justicia fundamentó el dictamen favorable en que "la necesidad de modificar esta sanción se refleja en el alto nivel de incumplimiento a las medidas de clausura que se producen en nuestra Ciudad. Para ilustrar la situación, la Agencia Gubernamental de Control del Gobierno (AGC) de la Ciudad detectó que durante 2011 se registraron más de 915 violaciones de clausuras, sobre 3.240 fajas colocadas en locales comerciales. Ya en el 30 % de los comercios clausurados se producía esta contravención. Cifra que encabezaban los bares nocturnos y pubs, seguidas por kioscos y maxikioscos y que resulta sumamente preocupante."

Y se apunta que "también en los boliches ocurre con mucha frecuencia, la Agencia detectó que un boliche del barrio de Palermo que sólo en 2013 ya contaba con 19 violaciones de clausura, continuaba en funcionamiento pese a estar clausurado por graves fallas de seguridad como cables expuestos y salidas de emergencia obstruidas. Estos son algunos de los hechos que sirven para mostrar el problema que enfrentamos".

Francisco Quintana, coautor del proyecto junto a Cristian Ritondo (ambos del PRO), sostuvo que propusimos elevar la sanción en los casos de violación de clausura para evitar que algunos comerciantes sigan poniendo en peligro a la gente y para que, en caso de que ocurra, la pena sea acorde al riesgo que generan”.

Para las víctimas de violencia, contención educativa

Durante la sesión se aprobó por unanimidad el proyecto de la Legisladora Virginia González Gass (Partido Socialista Auténtico en UNEN), por el cual se modifica el art. 16 bis de la Ley Nº 1688 de Prevención y Asistencia a las Víctimas de la Violencia Familiar y Doméstica, que establece beneficios escolares a los hijos de estas personas.


A partir de la modificaciónel artículo quedará redactado de la siguiente manera: ”En aquellos casos en los que las víctimas de violencia doméstica requieran cambiar a los niños, niñas y/o adolescentes a su cargo de establecimiento educativo y/o Centro de Primera Infancia tendrán asegurada la incorporación a otro establecimiento educativo y/o Centro de Primera Infancia en el distrito escolar de preferencia que la víctima elija, sin importar la etapa del ciclo lectivo en que se encuentren; siendo único requisito para gozar de este beneficio constancia de denuncia y/o intervención de la Oficina de Violencia Doméstica (OVD) dependiente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de los Centros Integrales de Atención citados en la presente Ley, Juzgados Nacionales de Familia u otro órgano estatal de características similares. La Autoridad de Aplicación, en conjunto con las autoridades de los establecimientos educativos y/o Centros de Primera Infancia, deberá garantizar la confidencialidad de la información.”

“Cortar con el círculo de la violencia es muy difícil. Siempre digo que, para ello, las mujeres víctimas necesitan contar con tres elementos fundamentales: independencia económica para no depender del violento, un lugar en donde vivir para dejar la vivienda que comparte con el agresor; y resolver el tema del cuidado de los hijos/as“, expresó Virginia.

“En la modificación del artículo, incluimos a los Centros de Primera Infancia (CPI)", finalizó la legisladora.

Las pintadas serán sancionadas con trabajo comunitario


La Legislatura estableció que quienes ensucien por cualquier medio estatuas, monumentos, templos, escuelas, hospitales, edificio o lugares públicos, estaciones o vagones de trenes o subtes podrán ser sancionados con hasta 30 días de trabajos comunitarios o 6.000 pesos de multa.


El nuevo texto en este apartado del código dice: "Ensuciar Bienes.- Quien mancha o ensucia por cualquier medio bienes de propiedad pública o privada, es sancionado/a con uno (1) a quince (15) días de trabajos de utilidad pública o doscientos ($ 200) a tres mil ($ 3.000) pesos de multa. La sanción se eleva al doble cuando la acción se realiza desde un vehículo motorizado o cuando se efectúa sobre estatuas, monumentos, templos religiosos, establecimientos educativos y hospitalarios, edificios o lugares públicos, estaciones y vagones de subterráneos o de trenes. En caso de que se trate de bienes de propiedad privada, la acción es dependiente de instancia privada, excepto en el caso de templos religiosos."

El problema podría plantearse cuando las pintadas se realizan en horarios nocturnos y/o ante la ausencia de alguna autoridad de seguridad que pueda retener a los autores. ¿A quien se sancionaría? Nadie. Buenas intenciones, difícil la sanción efectiva.

El texto remarca que "Varios edificios y lugares públicos son blanco continuo de ataques de vandalismo que van desde la rotura hasta las pintadas en los mismos, el más común de los ataques", y que "hoy, más del 70 por ciento de todas las formaciones de las seis líneas de subterráneos y el Premetro, como también de las líneas de trenes, están cubiertas con símbolos, dibujos, formas, letras y en algunas ni siquiera puede verse a través de las ventanillas" y "repintar los vagones de subterráneos cuesta entre $ 35.000 y $ 40.000 cada uno de ellos. Debido a lo oneroso que resulta la limpieza total de estos vagones, en la actualidad lo único que se realiza es mantener despejadas las ventanas del maquinista y el número de identificación de las formaciones, ya que es necesario ver la numeración por cuestiones operativas".


Los legisladores entienden "que atentar, romper, destruir y colocar inscripciones sobre monumentos y/o edificios o lugares públicos es atentar contra el Patrimonio de todos los argentinos y no de una colectividad o institución en particular (...) Con cada acto de vandalismo se está atentando a la historia misma de nuestra gente y sus instituciones, se está atentando contra la misma Nación".


En este contexto, los diputados aprobaron una declaración de “profundo repudio y preocupación por las pintadas con la palabra ´asesino´ realizadas en los carteles que señalizan la estación de subte Entre Ríos-Rodolfo Walsh”.

Hace un año el Cuerpo parlamentario de la Ciudad cambió de nombre de la estación de subte "Entre Ríos", ubicada en la línea "E", por el de "Entre Ríos-Rodolfo Walsh" en recuerdo del periodista y escritor asesinado durante la dictadura cívico-militar.




Sin licencia, hay sanción


Se aprobó el proyecto presentado por el Diputado Porteño Christian Bauab (PRO), el cual propone incorporar a la ley 451, Código de Faltas, la multa de 400 unidades, a las personas que conduzcan un vehículo sin poseer la licencia para conducir.


El integrante del Bloque PRO en la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, luego de la Sesión, al explicar su propuesta señaló entre otras cosas que: “Creemos que la conducta, de no portar o no poseer, llega a mostrar extremos muy distintos referidos al accionar de quien conduce. Una cosa es conducir habiéndose olvidado la licencia y otra es conducir sin haber obtenido la misma”, indicó Bauab, para luego agregar que: “La modificación que proponemos, estamos seguros que redundará en un beneficio en pos de los vecinos en general y en la seguridad vial en particular”.


Mikhail Barishnikov, Huésped de Honor


Se aprobó el proyecto de los Diputados Christian Bauab (Bloque Pro) y Carmen Polledo (Bloque Pro), que tiene el propósito de declarar “Huésped de Honor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” al bailarín, coreógrafo y actor Mikhail Nikoláyevich Baríshnikov, quien visitará la ciudad entre los días 19 y 26 de agosto próximo para protagonizar la obra "The Old Woman".

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14 de julio de 2014

Proyectos de ley ante la crisis de vivienda y las multas viales

Diego Adrián Fernandez - 14 de julio de 2014

Durante las últimas semanas se presentaron en la Legislatura de la Ciudad distintos proyectos de ley a destacar, y que vale la pena conocer.

Por un lado, el diputado Pablo Bergel, en conferencia de prensa organizada a fines del mes pasado, compartió su iniciativa para trabajar sobre los inmuebles abandonados y en desuso, para combatir la crisis de vivienda.

Por el otro, el legislador Christian Bauab propone sanciones específicas a quienes conduzcan sin poseer la licencia.

Proyecto viviendas ociosas
                                                                                         

Esta normativa, intenta contribuir a solucionar el problema de vivienda de los habitantes de la Ciudad y regular el mercado, limitando la especulación inmobiliaria. Según los últimos datos censales, 1 de cada 4 porteños sufre de un déficit de vivienda. De la misma fuente, surge también que 1 cada 4 inmuebles se encontraba desocupado el día censo.

En tal sentido, el diputado Pablo Bergel - Autor del proyecto - explicó que: "en la Ciudad hay 340.000 viviendas vacías“, y agregó que "…con solo la mitad de esas viviendas se solucionarían el 100% de las necesidades habitacionales insatisfechas de habitantes de la C.A.B.A".

Facundo Di Filippo, miembro del Colectivo por la Igualdad, denunció que "4.000 familias son desalojadas por año en la ciudad dando lugar a un proceso de extractivismo urbano donde se desplazan poblaciones y se apropia la renta".

Jorge Abasto, miembro de la Coordinadora de Inquilinos de Buenos Aires (CIBA), acompañó y adhirió a la presentación del proyecto y destacó que: "hoy en día no hay ningún tipo de regulación para el sector inmobiliario que inventa nuevas exigencias para dificultar el acceso a la vivienda a los inquilinos" y agregó que "las inmobiliarias cada día exigen nuevo requisitos como la doble garantía".

El legislador Gustavo Vera, coautor del proyecto, agregó que "el modelo de ciudad del macrismo es un modelo de negocios, excluyente, privatista y expulsivo de los sectores más vulnerables".


El proyecto incorpora en la normativa de la Ciudad la función social y ambiental de la propiedad. Contempla la creación de una Oficina y Registro de Inmuebles de la C.A.B.A.
La propuesta crea impuestos progresivos sobre los inmuebles ociosos, tomando como base el impuesto territorial.
Asimismo, el Estado podrá utilizar inmuebles deshabitados o no utilizados en forma permanente por 6 meses para destinarlos a solucionar problemas de vivienda y destinarlos al mercado de alquiler.
Los propietarios que lo deseen también podrán ceder voluntaria y temporalmente al estado inmuebles para que éste gestione su alquiler.
Se propone la creación de un Fondo para Políticas de Vivienda y se establecen líneas de crédito para la rehabilitación de inmuebles y beneficios impositivos para aquellos propietarios que incorporen sus viviendas al mercado de alquiler.


Nuevas sanciones para conductores inhabilitados

El Diputado porteño Christian Bauab (PRO), propone a través de un proyecto presentado en la Legislatura incorporar a la ley 451 (Código de Faltas) sancionar con una multa de 400 unidades fijas a la persona que conduzca un vehículo sin poseer la licencia para conducir.


El integrante del Bloque PRO, al fundamentar su proyecto, señaló entre otras cosas que: “La conducta, no portar o no poseer, llega a mostrar extremos muy distintos referidos al accionar de quien conduce. Una cosa es conducir habiéndose olvidado la licencia y otra es conducir sin haber obtenido la misma”, indicó Bauab, para luego agregar que: “La modificación que estimamos debe realizarse, estamos seguros que redundará en un beneficio en pos de los vecinos en general y en la seguridad vial en particular”.

La Unidad Fija es el método de sanción que se establece a partir del menor precio de venta al público de un litro de nafta especial, según lo marca la ley nacional 24449, en su artículo 84.
No obstante, tras una modificación en febrero de este año, en la Ciudad el monto esta fijado en $5.30 por cada UF.


A continuación se adjunta proyecto presentado:

PROYECTO DE LEY

Artículo 1°.- Incorporase como acápite 6.1.1.1 del Capitulo Primero, Sección 6° de la ley 451, Código de Faltas, el siguiente texto:

 "6.1.1.1.- CONDUCIR SIN POSEER LICENCIA. El/la que conduzca un vehículo sin poseer la licencia para conducir, es sancionado con multa de trescientas (400) unidades fijas".

Artículo 2°.- Comuníquese, etc.



            Señora Presidenta:

El Código de Transito y Transporte, ley 2148, se refiere en distintos artículos, 3.1.1, 3.2.1, 5.2.2, 5.6.1 y 6.1.2 a)  acerca de la obligatoriedad de poseer y exhibir licencia expedida por autoridad competente que lo habilite para poder conducir un vehículo en la ciudad. Este requisito ineludible se basa en que el Estado es quien, luego de cumplir con los exámenes de rigor, habilita a una persona a conducir.

Entonces se parte de considerar que, más allá del derecho de circular libremente, la habilitación para conducir un vehículo es una prerrogativa que otorga la Administración luego de evaluar que la persona se encuentra apto para tal fin.

El sistema de Evaluación Permanente de Conductores, ley 2641, conocido como "ley de scoring", normado en el Titulo Decimo Primero del Código de Transito y Transporte de la Ciudad y en la ley nacional de transito n° 24.449, es la prueba cabal que quien se encuentra habilitado para conducir lo esta luego de la evaluación acerca de su aptitud para tal fin.

Ahora bien, la conducta descripta en los distintos artículos mencionados arriba no tienen su correspondiente efecto en el Código que sanciona su omisión, ya no por la falta de portación del documento que lo habilita sino porque no la posee.

Así como la ley 451, en su acápite 6.1.8, describe dos conductas reprochables distintas, no portar la póliza de seguro y no contar con ella, y sanciona con distinta vara cada una de ellas, en este caso se debe cumplir lo mismo.

Nótese que el tenor de la conducta, no portar o no poseer, llega a mostrar extremos muy distintos referidos al accionar de quien conduce. Una cosa es conducir habiéndose olvidado la licencia y otra es conducir sin haber obtenido la misma.

Hoy en día quien debe resolver un acta de comprobación de infracción que describe que el conductor no posee licencia para conducir, ya sea el Controlador o el Juez, no posee el tipo de falta correspondiente frente a esa conducta que se reprocha.

Por ello, entendiendo que la modificación que acá se plantea redundará en un beneficio en pos de los vecinos en general y en la seguridad vial en particular, es que solicito la sanción de este proyecto de ley.

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7 de junio de 2014

Proyecto de ley: Requisitos más estrictos para la licencia de conducir

Diego Adrián Fernandez - 7 de junio de 2014

Los vecinos de la Ciudad tenemos claro que, tanto en el rol de conductores como en el peatones, caemos en falta constante. El alto nivel de imprudencia es contagioso en las calles porteñas, y el desapego a las normas, sumada a la falta de respeto por el otro, convierten cualquier cruce en un reto.


En este contexto, la atención se posa en los nuevos conductores que salen a los caminos y enfrente su capacidad ante a la dura realidad vehicular. Entonces toman importancia las iniciativas como la presentada por la legisladora porteña, Cristina García De Aurteneche, (Confianza Pública): presentó un proyecto de ley que propone, como requisito para la obtención de la primera licencia de conducir, cumplir con 15 horas de práctica de conducción, en forma gratuita en las Pistas de Aprendizaje del Gobierno de la Ciudad.

El mismo modifica la duración y el contenido de los cursos teóricos actuales: se le sumarán instrucciones básicas de conducción diurna y nocturna, mecánica ligera, rehabilitación cardio - pulmonar (R.C.P.), primeros auxilios y comportamiento en la vía pública.

El fin es básico: Otorgar un marco de mayor exigencia y responsabilidad a la hora de obtener la licencia de conducir por primera vez.

Al respecto, la diputada señaló: "El ciudadano debe tomar conciencia de que obtener la licencia de conducir no es un mero trámite, sino un acto de absoluta responsabilidad - y agregóel Estado debe ser el principal educador en materia de conducción y seguridad vial".


La iniciativa señala que las horas de prácticas conductivas serán gratuitas y para aquellos que no cuenten con un automóvil para poder realizarlas, el Gobierno de la Ciudad dispondrá de una flota de vehículos mínima. Además, el Poder Ejecutivo celebrará convenios con entidades del sector privado que tengan como actividad principal la enseñanza de conducción y seguridad vial. De esta manera, la obtención de la licencia es accesible e incluye a todos.

Veremos a que velocidad avanza este proyecto. En este caso, realmente deseamos que sea un trámite veloz.

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16 de febrero de 2013

Comuna 14: Aceleración de trámites y arte al aire libre

Diego Adrián Fernandez - 16 de febrero de 2013

Presentación del Sistema de Casamientos Online
Ayer, en la Sede de la Comuna 14

El 14 de febrero, Día de San Valentín, se hizo la presentación en la Comuna 14 del sistema de casamientos online, primer servicio público en el mundo de teletransmisión de casamientos, que es gratuito, privado y seguro.

Con la presencia de numerosos medios de comunicación, el Jefe de Gabinete del Gobierno de la Ciudad, Horacio Rodríguez Larreta, explicó brevemente los beneficios del nuevo sistema en la ceremonia del periodista Rodo Herrera, en la que se aplicó por primera vez.


El taller de arte del Parque Tres de Febrero expondrá en el Jardín Botánico

El 16 de febrero a las 12 hs. se realizará la exposición de los trabajos de los alumnos del Taller de Arte en la sala Carlos Thays del Jardín Botánico (Av. Santa Fe 3951). Para más información, visitá el siguiente enlace 


Tópico de la semana: Licencias

Los trámites de habilitación que pueden realizarse dentro de la Dirección General de Licencias son: Otorgamiento, Renovación, Ampliación, Renovación con ampliación, Renovación por pérdida, Renovación por cambio de jurisdicción, Duplicado, Canje. Ante cualquier consulta, pueden ingresar al siguiente enlace  y clickear “Licencias de Conducir”.

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7 de diciembre de 2011

Fallo del TSJ ante el registro en caso de antecedentes

Diego Adrián Fernandez - 7 de diciembre de 2011


El TSJ (Tribunal Superior de Justicia) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires rechazó un amparo que planteaba la inconstitucionalidad de la norma que permite denegar la licencia de conducir profesional cuando existen antecedentes penales

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26 de septiembre de 2011

Retener o no retener, esa es la cuestión.

Diego Adrián Fernandez - 26 de septiembre de 2011

Ya da vueltas por los medios nacionales, que  cedieron parte de su agenda para tratar este tema por demás trascendental en la Ciudad de Buenos Aires: Nuevas razones para la retención de las licencias de conducir.
La cámara de diputados en la Legislatura porteña aprobó una modificación del Código de Tránsito y Transporte que amplía las situaciones que permiten dicha retención.

¿Con que fin? 

El que debería acompañar SIEMPRE a la educación formal: El ejemplo con la SANCIÓN, cuando el ciudadano común y corriente no respeta lo mínimo que debería respetar.
Es decir, el fin oficialmente hablando es el de concientizar a los eventuales infractores de tránsito.

¿Qué es lo que se sancionó?

Por un lado, se modificó parte del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad, la LEY 2.148 en su inciso b) del artículo 5.6.1 en lo siguiente:

Sobre "Retención Preventiva" de licencias de conducir, se agregan las siguientes: cuando el conductor supere los límites de alcohol en sangre establecidos; cuando se superen los límites de velocidad máximos vigentes sólo procede la retención de la licencia cuando se exceda el mismo en más de 40 km/h; cuando se viole la prohibición de paso indicada por un semáforo superando los límites de velocidad máximos; cuando se circule en motocicleta sin que alguno de sus ocupantes utilice correctamente colocado y sujetado el casco reglamentario; cuando se circule por el carril exclusivo correspondiente al Metrobús sin estar autorizado a hacerlo; cuando se circule por las ciclovías sin estar autorizado a hacerlo, salvo cuando el conductor por razones de emergencia así lo justifique y sea al solo efecto de detenerse; cuando el conductor de un vehículo cruce o inicie el cruce de vías férreas mientras las barreras estén bajas o el paso no esté expedito.

Además se incorporaron los siguientes puntos, a tener muy en cuenta:

·    Artículo 5.6.2 "Boleta de citación del inculpado", con el siguiente texto: "Cuando se hubiere procedido a la retención de la licencia de conducir en los casos contemplados en los puntos 7 al 13 del inciso b) del artículo 5.6.1, la Autoridad de Control procederá a entregar en su lugar la Boleta de Citación del Inculpado. Dicho documento habilitará al presunto infractor para conducir el mismo tipo de vehículo sólo por un plazo máximo de cuarenta (40) días corridos, contados a partir de la fecha de su confección. La Autoridad de Control procederá a remitir las licencias retenidas a la Dirección General de Administración de Infracciones en un plazo no mayor de 24 horas".

Con estos cambios realizados en sesión, se adecúa la normativa vigente en la Ciudad, que correspondía a la LEY NACIONAL 26.363 (modificatoria de ley 24449) a la cual la capital había adherido en el año 2009, para equiparar la regulación a los conductores en Buenos Aires con respecto a otras jurisdicciones.

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