16 de octubre de 2016

Legislando contra las adicciones y por los derechos de los niños

Diego Adrián Fernandez - 16 de octubre de 2016

SESIÓN JUEVES 13 DE OCTUBRE DE 2016


Plan educativo para prevenir adicciones


Por ley se definió que el Ministerio de Educación debe diseñar una política integral y formar equipos interdisciplinarios para trabajar con los estudiantes sobre la problemática de las drogas.



La iniciativa original fue de la diputada Victoria Morales Gorleri (MC), a la que se sumaron proyectos de los legisladores Roy Cortina y Hernán Arce (PS), Adrián Camps (PS) y Maximiliano Ferraro (CC). Un texto consensuado obtuvo dictamen de la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología.

Los argumentos del despacho señalan que "el ámbito educativo es un espacio privilegiado para el desarrollo de acciones dirigidas a promover comportamientos saludables y alentar actitudes responsables frente al uso de sustancias psicoactivas y los riesgos que trae aparejados" y menciona el antecedente de la ley nacional 26.586 que dispuso la creación del Programa de Educación y Prevención sobre las Adicciones y el Consumo Indebido de Drogas.
Esa normativa nacional instó a la incorporación de lineamientos curriculares mínimos en esta materia y ahora la ley local complementa sus alcances y "pone en cabeza de un equipo interdisciplinario el diseño de un plan integral de prevención de adicciones en la esfera educativa, con el objetivo de reducir las condiciones de riesgo vinculados al consumo de sustancias psicoactivas por parte de los niños, niñas y jóvenes", explicaron los fundamentos del dictamen de comisión.

El Ministerio de Educación "definirá las modalidades, niveles educativos y establecimientos que tendrán prioridad de intervención" y podrá coordinar con los ministerios de Salud y de Desarrollo Humano y Hábitat.
Las estrategias desarrolladas por el equipo interdisciplinario y dirigidas a los estudiantes, incorporarán los contenidos curriculares específicos de acuerdo a los lineamientos establecidos por el Consejo Federal de Educación, a efectos de garantizar un abordaje de la problemática sostenido en el tiempo y adecuado a las necesidades y particularidades de cada franja etarea.
El equipo interdisciplinario, brindará talleres u ofrecerá herramientas adecuadas a las necesidades que identifique como prioritarias", dispone uno de los artículos.
A los efectos legales, se entiende como sustancias psicoactivas a "aquellas sustancias con efectos sobre el sistema nervioso central que tienen la capacidad de cambiar la percepción, el estado de ánimo y/o el comportamiento".
La sanción fue votada con 49 votos positivos y las abstenciones de Patricio del Corro (PTS-FI) y Fernando Vilardo(AyL).

Escuela de la Comuna 8 fue bautizada como "Abuelas de Plaza de Mayo"
 
La Escuela Infantil N° 11 del Distrito Escolar N° 21, ubicada en Avenida Roca 5.900, Puerta 9 en Villa Riachuelo - Comuna 8 de la ciudad de Buenos Aires pasó a llamarse "Abuelas de Plaza de Mayo" a partir de la aprobación definitiva por unanimidad de los presentes a la ley, efectuada este jueves por la Legislatura porteña.

El proyecto de ley fue aprobado el 7 de julio por la Legislatura en primera lectura y luego se efectuó la correspondiente Audiencia Pública.

Pedido al Congreso Nacional por una Bicameral
La Legislatura de la Ciudad declaró este jueves que "vería con agrado que el Congreso Nacional constituya una Comisión Bicameral para designar el Defensor de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, de acuerdo a lo estipulado en el Capítulo III, Artículo 47, de la Ley N° 26.061".
El expediente de autoría de la diputada Natalia Fidel (SUMA+) despachado por la Comisión de Relaciones Interjurisdiccionales, argumenta que en el año 2005, la Argentina sancionó la Ley N° 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
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Así, se dio cumplimiento a los compromisos que asumió el país al ratificar la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1989.
La normativa nacional creó en su artículo 47, la figura del Defensor de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, quien debe velar por la promoción y protección de los derechos consagrados en la Constitución Nacional, la Convención sobre los Derechos del Niño y las leyes nacionales. De acuerdo a lo planteado en el texto legal el Defensor debe ser designado por el Congreso Nacional y para tal fin, debe constituir una comisión bicameral.
Sin embargo, desde la sanción de la Ley N° 26.061, once años atrás, nunca se ha constituido la comisión bicameral, por lo que la figura del Defensor se encuentra vacante. A raíz de este preocupante suceso, en el mes de abril se han reunidos diputados de distintos partidos políticos, organizaciones de la sociedad civil, especialistas, académicos y funcionarios provinciales, con vistas a instar al Poder Legislativo Nacional a proceder en este sentido".
Se aprobó a mano alzada con las abstenciones de Marcelo Ramal (FIT), Patricio del Corro (PTS-FI) y Fernando Vilardo(AyL).

Concientización sobre el cáncer de mama 

Durante la sesión los legisladores lucieron una cinta rosa en conmemoración del Mes de Sensibilización sobre el Cáncer de mama y adhiriendo a las actividades que se desarrollen en el marco del Día Internacional de la Lucha contra el cáncer de mama, el miércoles 19 de octubre.
Sobre tablas se aprobó con texto consensuado, en ese sentido, una declaración planteada por el PRO y el Bloque Peronista.