Durante la última sesión Legislativa, el pasado jueves 8 de Septiembre, los diputados aprobaron (en primera lectura) la ley de urbanización, zonificación e integración socio-urbana de la Villa 20, la cual se trabajará a partir de la creación de una Mesa de Gestión Participativa.
De todos modos, esta iniciativa deberá pasar por la instancia de Audiencia Pública para volver al recinto y conseguir su aprobación definitiva.
La Villa 20 del barrio de Villa Lugano (Comuna 8), es una de las más antiguas de la Ciudad de Buenos Aires. Los primeros asentamientos datan de 1940, en pleno auge industrial de la Argentina. El asentamiento está ubicado entre las avenidas Gral. Fernández de la Cruz, Escalada, la calle Larrazábal y las vías del Ferrocarril Gral. Belgrano.
Haciendo hincapié en los estrictamente informativo, la ley explicita la conformación de la "Mesa de Gestión Participativa para la Reurbanización del Barrio Villa 20" -MGP- que a su vez se formará con integrantes del Instituto de Vivienda de la Ciudad -IVC, la Subsecretaría de Hábitat e Inclusión Social del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat (SSHI), los delegados y vecinos como así también por organizaciones barriales, sociales y religiosas.
Una vez designada la Junta Vecinal, se constituirán como órgano consultivo. Además, participarán representantes de los ministerios de Ambiente y Espacio Público, Desarrollo Urbano y Transporte, del Ministerio Público de la Defensa, Defensoría del Pueblo, de la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Nación, de la Subsecretaría de Hábitat y Desarrollo Humano de la Nación y un representante por cada una de las empresas prestatarias de servicios. Y estará coordinada por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través del IVC y la SSHI.
Las tareas de la Mesa de Gestión
Diagnóstico, elaboración, ejecución, control, monitoreo y evaluación del Proyecto Integral de Reurbanización -PIRU. Esos serán los objetivos generales de esta mesa de trabajo conjunto.
Éste contempla el diseño y ejecución del relevamiento y diagnóstico socio-espacial, la definición de los criterios adecuados para construcción de vivienda nueva, mejoramiento de las existentes, apertura y consolidación de vía pública, provisión de equipamiento urbano, mejora y consolidación del espacio público y provisión de infraestructura de servicios urbanos: redes de agua potable, energía eléctrica, desagües cloacales, desagües pluviales y gas natural.
La intervención de la Mesa incluirá la definición de inmuebles a recalificar, reconfigurar y consolidar, así como en la definición acerca de la prolongación, apertura y ensanches de calles, pasajes y pasillos existentes.
Éste contempla el diseño y ejecución del relevamiento y diagnóstico socio-espacial, la definición de los criterios adecuados para construcción de vivienda nueva, mejoramiento de las existentes, apertura y consolidación de vía pública, provisión de equipamiento urbano, mejora y consolidación del espacio público y provisión de infraestructura de servicios urbanos: redes de agua potable, energía eléctrica, desagües cloacales, desagües pluviales y gas natural.
La intervención de la Mesa incluirá la definición de inmuebles a recalificar, reconfigurar y consolidar, así como en la definición acerca de la prolongación, apertura y ensanches de calles, pasajes y pasillos existentes.
Mapa de la Dirección General de Estadísticas y Censos |
Las soluciones habitacionales definitivas estarán dirigidas a la población de la villa 20 registrada en el Censo del IVC 2016, el Registro de Inquilinos No Censados de Villa 20 y/o en el Relevamiento llevado a cabo el 31 de mayo y el 1 de junio de 2014 con la Defensoría del Pueblo como veedora.
Para las relocalizaciones, el IVC (o quien este organismo designe) efectuará una valuación de la vivienda existente y el monto que arroje se descontará del precio correspondiente a la solución habitacional definitiva.
Además, el GCABA promoverá el acceso al crédito para aquellas familias del barrio que deseen relocalizarse.
Además, el GCABA promoverá el acceso al crédito para aquellas familias del barrio que deseen relocalizarse.
La infraestructura de servicios básicos será diseñada y ejecutada teniendo en cuenta los relevamientos y estudios demográficos que permitan determinar la población futura correspondiente a un horizonte de diseño de 20 años.
La norma contempla que "las empresas y cooperativas adjudicatarias de las obras a realizar deberán contar con un porcentaje de mano de obra constituida por habitantes de villa 20, en el marco del convenio colectivo que corresponda y a definir según empadronamiento oficial".
La norma contempla que "las empresas y cooperativas adjudicatarias de las obras a realizar deberán contar con un porcentaje de mano de obra constituida por habitantes de villa 20, en el marco del convenio colectivo que corresponda y a definir según empadronamiento oficial".
Durante la presentación de la norma en el recinto, donde estuvieron presentes habitantes de la Villa 20, expuso Lía Rueda (PRO), quien adelantó que en octubre se realizará el llamado a licitación para 556 del total de 1.500 viviendas y la instalación de servicios públicos, entre ellos, un jardín de infantes.
La votación en general resultó de 55 votos positivos sobre igual número de diputados; en particular Vilardo se opuso a los artículos 3° y 6°, Ramal y Del Corro al artículo 3° que aluden al IVC.