19 de octubre de 2013

Proyecto de ley: Sanción a aquel diputado porteño que NO cumpla lo prometido

Diego Adrián Fernandez - 19 de octubre de 2013

Ciudadanos independientes presentaron proyecto de Ley para que el Voto deje de ser un cheque en blanco
 

Un grupo de vecinos presentó con fecha 16 de octubre de 2013 en la Legislatura porteña un proyecto de "Ley de Control Gubernamental". En representación de ellos, el abogado Alberto Altieri afirmó:"Es un proyecto muy simple, para el que pedimos el apoyo de todos los diputados y candidatos. Proponemos que al dorso de las boletas electorales figure explícitamente en un máximo de 10 puntos, los principales lineamientos de las propuestas de cada candidato, y que, si el funcionario que es electo lo incumple al finalizar su mandato, mediante juicio político se lo inhabilite para cubrir cargos públicos por 10 años para ejercer cargos públicos."
 
Altieri agregó. "Expresamos el anhelo de más de 37.000 vecinos, que adhirieron o firmaron a través de nuestra página de facebook denominada Proyecto de ley de control Gubernamental en apenas dos meses. Si se aprueba esta ley no sólo tendremos la posibilidad de votar mejor, es decir de votar "propuestas" en vez de personas, sino también tendremos la previsibilidad sobre los programas de gobierno, contando además, con un mecanismo de control democrático para que cualquier ciudadano común pueda verificar el cumplimiento o incumpliemto de las promesas electorales"
 
El proyecto es el Nº 2620-P-2013. Los vecinos están visitando a los 60 legisladores porteños y ya adhirió el diputado Alejandro Bodart (MST-Nueva Izquierda), el diputado Adrian Camps de Proyecto Sur,  la diputada Maria Elena Naddeo en representación del Frente para la Victoria  y el diputado Quatromano  Roberto (Pro). Es decir, de  cinco diputados que ha encontrado Altieri en su puesto de trabajo,  4 lo han apoyado, ya que la Diputada Varela Marta (del PRO) estaba de acuerdo parcialmente, es decir,  si con expresar en las boletas las propuestas de los candidatos,  pero no con con ser sancionados por incumplimiento, ya que se ha mostrado sobradamente insegura de poder cumplir.
 


Proyecto de Ley

Compromiso de los candidatos en las boletas electorales

Artículo 1º. A partir de la sanción de la presente ley, todas las boletas electorales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deben contener al dorso las principales propuestas que los/as candidatos/as se comprometen a llevar adelante en caso de resultar electos/as.
Dicho requisito rige para las categorías de Jefe/a y Vicejefe/a de Gobierno, Legisladores/as y Miembros de Juntas Comunales, y no será oficializada toda aquella boleta que lo incumpla.
Las propuestas explicitadas por cada lista deben ser diez (10) como máximo, se presentan a la autoridad electoral conjuntamente con los/as candidatos/as y su extensión se determina por vía reglamentaria.

Art. 2º. Excepto por causas o circunstancias ajenas a la voluntad del/de la funcionario/a electo/a, su incumplimiento del compromiso establecido por el artículo 1º de esta ley se considera mal desempeño en el ejercicio de sus funciones. Una vez finalizado su mandato, dicho/a funcionario/a queda inhabilitado/a para ocupar cargos públicos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de diez (10) años.
Lo dispuesto en el párrafo anterior no impide la facultad legislativa de realizar el juicio político durante el mandato, según el procedimiento vigente.
En caso de que durante su mandato el/la funcionario/a electo/a hubiere causado daños y/o perjuicios a la comunidad, debe responder con su patrimonio.

Art. 3º.- Se invita al Congreso de la Nación y a las cámaras legislativas provinciales a adoptar idéntico criterio.

Art. 4º. Comuníquese, etc.