24 de octubre de 2012

Tránsito: Plan de Contingencia Vial para cortes de calles.

Diego Adrián Fernandez - 24 de octubre de 2012

Tras la aprobación de un paquete de leyes vinculadas al tránsito, el Ejecutivo deberá elaborar un Plan con el fin de generar una planificación de los desvíos de tránsito en los casos de interrupción total o parcial de la calzada.


Además, el grupo sanguíneo de los conductores deberá constar en las licencias de conducir y la cámara aprobó la adhesión al al Día Mundial en recuerdo de las Víctimas de Tránsito.

En la Sesión del jueves 18 de octubre se aprobó una ley que incorpora al Código de Tránsito y Transporte un Plan de Contingencia Vial con el fin de generar una planificación de los desvíos de tránsito a instrumentar para el supuesto de interrupción total o parcial de la calzada en forma predeterminada, reordenando la circulación de los vehículos de transporte público de forma tal que los desvíos y derroteros de emergencia puedan ser conocidos por el público usuario.

La modificación al Código determina que si por razones constructivas debidamente justificadas fuere necesario desviar el tránsito, el constructor de la obra está obligado a instalar un señalamiento adecuado con una antelación mínima de trescientos metros, con la finalidad de encausar ordenadamente la circulación y de minimizar su impacto

Muy importante medida, en caso que se aplique y se cumpla. Bien sabemos que muchas veces los conductores se quejan - y con mucha razón - de los cortes sorpresivos ante construcciones o arreglos de calzada, en función del embudo que se forma en la calle inmediatamente anterior a dicho corte.

También establece que si por razones de fuerza mayor fuera necesario desviar el tránsito, la Autoridad de Aplicación procederá a encauzar la circulación procurando minimizar su impacto con todos los elementos a su alcance, requiriendo la colaboración de las fuerzas policiales y agentes de control de tránsito, con el auxilio de los organismos del Poder Ejecutivo competentes.

La señalización debe ejecutarse en forma progresiva. La comunicación y difusión deberá hacerse en función de la magnitud e incidencia del corte, lo mismo que el personal afectado a los desvíos de tránsito. En un plazo de 180 días de promulgada la ley, la Autoridad de Aplicación del Código de Tránsito y Transporte procederá a desarrollar los correspondientes planes de contingencia vial en los sitios en los cuales los cortes de tránsito resulten habituales.


Junto a la ley se aprobó una declaración que plantea una cantidad de puntos neurálgicos donde los cortes son más frecuentes para que en ellos se establezcan distintos Planes de Contingencia Vial.

Esos puntos son:  Avenida Leandro Alem al 600 (Ministerio de Trabajo de la Nación), sector aledaño a la Estación de Retiro, avenida de Mayo al 500 (Jefatura de Gobierno de la Ciudad), avenida 9 de Julio en Moreno y Belgrano (Ministerio de Desarrollo Social de la Nación), avenida Rivadavia al 1.800 (Congreso Nacional), avenida 9 de Julio y Av. Corrientes, avenida 9 de Julio y Av. de Mayo, avenida Corrientes y Florida, avenida Paseo Colón al 200 (Ministerio de Educación de la Ciudad), avenida Callao al 100 (Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria del Ministerio de Trabajo de la Nación), sector aledaño al Puente Pueyrredón, sector aledaño a la Plaza de Mayo.

También se aprobó una modificación del Código de Tránsito y Transporte para  incorporar en la licencia de conducir de los datos del grupo y factor sanguíneo del titular, información que es de suma importancia para proporcionar una asistencia adecuada en el caso de accidente. 

Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial Nº 24.449  establece la inclusión de estos datos en la licencia de conductor. Tras la aprobación en la Legislatura, queda sujeta a la reglamentación del Ejecutivo la forma de implementación.

Día Mundial en recuerdo de las víctimas de los accidentes de tránsito

El Cuerpo aprobó una ley instituyendo como "Día mundial en recuerdo de las víctimas de tránsito" al tercer domingo de noviembre de cada año en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en homenaje de las víctimas y sus familias, de acuerdo a lo establecido en la Resolución 60/5 de la Asamblea General de las Naciones Unidas del 26 de Octubre de 2005.

Adhesión a los principios contenidos en la “Declaración de Bogotá”

También se adhirió a los principios contenidos en la “Declaración de Bogotá”, documento síntesis de las conclusiones a las cuales arribó el III Congreso Iberoamericano de Seguridad Vial celebrado en la ciudad de Bogotá, Colombia, del 14 al 16 de junio de 2012.

Se trata del evento de mayor importancia regional en el debate de temas en torno a la Seguridad Vial, consolidándose como el encuentro que permite buscar soluciones eficaces, conocer e intercambiar información, compartir conocimientos, promover mejores prácticas, siendo el escenario adecuado para impulsar las políticas institucionales consensuadas con el objetivo de reducir el número de víctimas ocasionadas por circunstancias de tránsito.