Diego Santilli |
El fallo, dictado por el Juez de Primera
Instancia en lo Contencioso Administrativo de la ciudad Dr. Roberto Gallardo destaca el continuado
incumplimiento del Ministro y ahora candidato Santilli de una resolución
judicial que data de Agosto de 2011, que lo obligaba a abrir y poner en
condiciones de uso y goce seguro el camino de sirga del predio de Costa
Salguero (Costanera Norte).
Atento a la desobediencia del
funcionario-candidato, el juez dispuso encargar a la Universidad de Buenos
Aires la realización de este camino ribereño, cuyo costo será solventado por
una cuenta especial abierta a este efecto.
La misma será fondeada con los pagos
de los locales comerciales (boliches, hotel, concesionaria de autos, golf,
oficinas, restaurantes, canchas, gran centro de convenciones, etcétera), que
funcionan en el predio y generan cuantiosas rentas en las 17 hectáreas de
tierras públicas de la ciudad cedidas en concesión a la empresa Telemetrix S.A.
en la ridícula suma de $100.000 mensuales aproximadamente, y subalquiladas por
esta a las lucrativas explotaciones comerciales mencionadas.
Pero la Justicia va aún más allá, y - de manera inédita-,
en defensa del derecho a la información de la ciudadanía (siempre un pilar de
la democracia, cuya importancia aumenta en tiempo de elecciones para la
evaluación de los candidatos), dispuso lo siguiente:
“4.
ORDENAR A LA
AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL y
a la DIRECCIÓN NACIONAL
ELECTORAL DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, que a partir de la notificación de
la presente, y hasta tanto se notifique en contrario, la totalidad de la
publicidad electoral prevista en los artículos 43 bis y subsiguientes de
la ley 26.215, y del decreto 760/2013, en la que se promueva en forma directa o
indirecta la candidatura a Senador del actual ministro de Espacio Público y
Medio Ambiente de la Ciudad
de Buenos Aires, Señor Diego César Santilli, sea antecedida por la transmisión
del mensaje oral y escrito que a continuación se detalla: “PODER JUDICIAL DE
LA CIUDAD DE
BUENOS AIRES – EN EL EXPEDIENTE 34874/9 EL CANDIDATO DIEGO CESAR SANTILLI DNI
17.735.449 INCUMPLE LAS MEDIDAS JUDICIALES ORDENADAS”. La lectura del
mensaje será efectuada por una voz en off y deberá aparecer
una leyenda en letras negras bien visibles con el mismo texto y el logo del
Poder Judicial de la Ciudad
de Buenos Aires…”
En los fundamentos de la
sentencia, el juez agrega:
“…si
el Señor Ministro honestamente cree que cumplió con la medida cautelar
ordenada, debería revisar su permanencia en el puesto que ocupa. En efecto,
resulta peligroso que un funcionario de su jerarquía pueda considerar
habilitado para su uso por parte del público en general de una faja de terreno
desnivelado, ruinoso, sin barandas, sin iluminación, con elementos punzo
cortantes diseminados por doquier, entre otras características. Dejar librado
al acceso público en esas condiciones el “camino de sirga” del predio de marras
es un acto de irresponsabilidad suprema y se da de bruces con las misiones que
el Señor Ministro tiene en el marco de su competencia específica….Creo necesario destacar una vez más que
el Gobierno codemandado parece burlarse del Poder Judicial al decir que
ha cumplido con la manda judicial… Se
revela así la manifiesta intención del Poder Ejecutivo de no llevar adelante
las obras que le fueran ordenadas por el suscripto, a pesar de que contó con el
tiempo y los recursos necesarios para hacerlo, tal como lo hizo efectivamente
en los sectores aledaños.