7 de agosto de 2016

Nuevas leyes porteñas: De las comunas a los consumidores

Diego Adrián Fernandez - 7 de agosto de 2016

SESIÓN JUEVES 4 DE AGOSTO DE 2016


Minuto de silencio por Monseñor Angelelli


La sesión fue conducida inicialmente por el presidente de la Legislatura, Diego Santilli, y luego por la vicepresidenta primera, diputada Carmen Polledo (PRO).

Al comienzo de las deliberaciones, el cuerpo parlamentario hizo un minuto de silencio en homenaje al fallecido obispo católico Enrique Angelelli, al cumplirse hoy 40 años de su asesinato durante la última dictadura militar, el 4 de agosto de 1976, cuando el prelado tenía 53 años de edad y encabezaba la diócesis de La Rioja.
Promoviendo el amamantamiento natural


En el marco de las movidas sociales que se generaron en los últimos días, se aprobó un proyecto de declaración donde se aprueba y promueve la "libre práctica de amamantamiento natural por parte de las madres a sus bebés, cuyo ejercicio, oportunidad, lugar y modo, quedan a exclusiva decisión de la madre".
La decisión legislativa surgió luego de un incidente ocurrido en San Isidro cuando se le quiso restringir a una madre el derecho de amamantar a su bebé en un especio público.

Semana de las Comunas

Los primeros días del mes de septiembre de cada año fueron instituidos como “Semana de las Comunas“. La medida se complementa con el “Día de las Comunas“ establecido el 1° de septiembre, con la idea de "reforzar la participación y rendir homenaje a todos aquellos que luchan por una ciudad cada vez más participativa"

En este sentido, se propone acompañar con una amplia campaña de difusión a fin de divulgar las actividades y las funciones de las Comunas, así como los mecanismos e instancias de participación comunal, en coordinación con las autoridades comunales, y fomentar en las escuelas primarias y los colegios secundarios de la Ciudad, la realización de charlas informativas para alumnos.
Para Adrián Camps, el autor de la iniciativa, el principal objetivo de este proyecto de ley es "generar conciencia de que las Comunas existen, ya que muchos ciudadanos aún no tienen una verdadera dimensión de lo que significan como poder descentralizado; además de poder difundir entre la población cuáles son las atribuciones, tanto de la Junta Comunal como del Consejo Consultivo, que va mucho más allá de la descentralización de los trámites administrativos -Centros de Participación Ciudadana (CGP)-".
"Nunca existió, por parte del Gobierno del PRO, una idea para mejorar el desempeño de las Comunas y facilitar el ejercicio de sus atribuciones. Por el contrario, siempre hicieron todo lo posible para que no funcionen. En consecuencia, nunca hubo una política de difusión sobre las Comunas y sus atribuciones y, por eso, es que decidimos presentar esta ley", explicó el diputado del PSA.

Adhesión al Día de los Cafés
Se aprobó conmemorar el “Día de los Cafés de Buenos Aires”, que se celebra cada 26 de octubre en la capital y que implica promover uno de los rasgos más típicos de la cultura porteña: el "cafecito".
Asimismo la Legislatura adhiere a todos los actos que realice con ese motivo la Comisión de Protección y Promoción de los Cafés, Bares, Billares y Confiterías Notables.
Muestras de rock nacional y de pintura
El Cuerpo Legislativo declaró de Interés Cultural la muestra itinerante "Así nació el Rock Nacional”, organizada por la Fundación Mercedes Sosa y Daniel Ripoll. La exposición se despliega en cientos de imágenes, fotografías en blanco y negro, y ofrece una ecléctica revisión de los años 70 y los primeros tiempos del rock en castellano donde están los grandes grupos y bandas iniciales del género en la Argentina. La finalidad principal es la conservación del patrimonio documental para el desarrollo de valores culturales actuales. La diputada Andrea Conde (FpV) impulsó la iniciativa. También se autorizó el uso del Hall de Honor del Palacio Legislativo para la exhibición, del 16 al 26 de agosto del corriente año.
También se dispuso la utilización del mismo espacio, entre el 5 y 16 de septiembre venidero, para la realización de una exposición de pintura denominada "Homenaje a Gabriela Mistral y Mujeres Poetas Latinoamericanas", de la artista chilena Isabella Valenzano. A su vez y también por iniciativa de los diputados Carmen Polledo, Francisco Quintana y Alejandro García (PRO), la exhibición fue declarada de Interés Cultural de la Ciudad. En el marco de las actividades de conmemoración de las Fiestas Patrias de la República de Chile, dicha muestra se celebra al cumplirse setenta años de que Gabriela Mistral se convirtiera en la primera mujer latinoamericana en recibir el Premio Nobel de Literatura. La misma es organizada conjuntamente con el Consulado General de Chile en Buenos Aires.

Multas a quienes no se presenten a audiencias por denuncias de consumidores
Es para evitar dilaciones y elusiones en los casos tramitados para defender los derechos de usuarios y consumidores. Las sanciones irán desde 2.895 a 193.000 pesos.

La Legislatura aprobó una modificación a la ley que regula el procedimiento para la defensa de consumidores y usuarios y estableció que el denunciado que no se presente a una audiencia de conciliación será sancionado con multas que oscilan entre las 300 y las 20.000 unidades fijas (UF).
La unidad fija es actualmente valuada en 9,65 pesos, según una reciente resolución de la Subsecretaría de Justicia de la Ciudad. Se trata del equivalente a medio litro de nafta de mayor octanaje, según tarifas del Automóvil Club Argentino en su casa central.
La modificación a la ley 757 sancionada - se sostuvo- "fortalece la instancia conciliatoria prevista en el  artículo 7 de la Ley 757, ya que el establecimiento de una sanción objetiva quita toda posibilidad de discrecionalidad por parte de la Autoridad de Aplicación y reduce las posibilidades de incomparecencia por parte de los denunciados, con los consecuentes efectos negativos que se derivan de esta conducta, el principal: la dilación del procedimiento".
Otra modificaciónLa misma Ley 757 también fue modificada en su artículo 11 para quitar procedimientos que retardan el cumplimiento de disposiciones en defensa de usuarios y consumidores.
Determinaron, entre otros ítems, que se elimina la intervención obligatoria de la Procuración General de la Ciudad, y que "sólo actúe cuando la Autoridad de Aplicación lo estime oportuno o necesario".
De tal manera, el nuevo artículo 11 de la ley 757 queda redactado de la siguiente forma:
Artículo 11.- Concluidas las diligencias sumariales, la autoridad de aplicación dictará sin más trámite la resolución definitiva dentro del plazo de treinta (30) días hábiles. Toda resolución sancionatoria dictada por la Autoridad de Aplicación puede ser recurrida por vía de recurso de apelación ante la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso, Administrativo y Tributario. El recurso debe interponerse y fundarse ante la autoridad de aplicación dentro de los diez (10) días hábiles de notificada la resolución. El recurso de apelación es concedido en relación y con efecto devolutivo. La Autoridad de Aplicación podrá requerir la intervención de la Procuración General en cualquier caso que estime conveniente elevándole directamente las actuaciones.”
Compras: Cambios y devoluciones


Hay nuevas especificaciones para la compra y devolución de productos en beneficio de los consumidores. La Legislatura sancionó una norma que actualiza y especifica el texto de los artículos 7 y 8 de la Ley 3.281, de devolución y cambio de productos en establecimientos ubicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Se disponen los días permitidos, el plazo y demás cuestiones relacionadas con la devolución o el cambio de productos.
Los nuevos artículos quedaron redactados de la siguiente manera:
"Artículo 7°.- Los establecimientos mencionados en el Artículo 1° deberán informar del contenido de esta ley mediante carteles visibles ubicados uno en sector de cajas y otro en vidriera o lugar destacado del establecimiento, los cuales contendrán la siguiente leyenda:
"Los cambios o devoluciones pueden realizarse en cualquier día y horario de atención al público. En el caso de productos no perecederos tales devoluciones o cambios podrán efectuarse dentro de los treinta (30) días corridos posteriores a la operación, salvo que el comercio establezca un plazo mayor.
Al momento de efectuarse el cambio o la devolución de productos no perecederos, en caso de existir un saldo a favor del consumidor, el establecimiento está obligado a entregar un comprobante que refleje dicho saldo o su equivalente en dinero en efectivo, a elección del comercio. El comprobante tendrá una vigencia de noventa (90) días corridos desde su emisión, salvo que el comercio establezca un plazo mayor. Ley N° 3281".
"Artículo 8°.- En los comprobantes de compra deberá incorporarse la leyenda "Los cambios se efectúan en los mismos días y horarios en los que el comercio atienda al público para ventas. Al momento de efectuarse el cambio o la devolución de productos no perecederos, en caso de existir un saldo a favor del consumidor, el establecimiento está obligado a entregar un comprobante que refleje dicho saldo o su equivalente en dinero en efectivo, a elección del comercio". Dicha leyenda podrá agregarse mediante mecanismos electrónicos de impresión o a través del sellado de dicho comprobante".